La nueva LPI

Sección dedicada a noticias, debates, opiniones y todo lo que los usuarios del Foro deseen aportar sobre la crisis actual, nacida en el seno de la economía financiera y empeorada por la mala praxis empresarial, política y económica.
JohnyFK
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La nueva LPI

Mensaje sin leer por JohnyFK »

He visto esta tira de sinergia sin control, un blog de tiras cómicas, por lo general bastante buenas con mucho contenido satírico hacia la homeopatía, maguferías, etc. pero sobre todo habla de informática. Al principio iba a ponerla en el hilo de chistes, pero de lo que habla no se puede decir que sea de risa. EL caso es que explica y creo que bastante bien las consecuencias de la nueva LPI que entrará en vigor este verano:

Imagen
Fuente: http://sinergiasincontrol.blogspot.com/ ... de-la.html

El caso es que las entidades de gestión van a poder multar incluso por citar artículos bajo licencia creative commons. Esto es una barbaridad. No se puede hacer referencia a nada, y además se puede utilizar perfectamente como medio de censura con la excusa del copyright.

Esto, por supuesto, afecta incluso a éste nuestro foro, repleto de referencias a artículos de prensa y demás material de interés publicado en internet al que citamos asiduamente.

Por cierto, con este artículo ya estaría infringiendo la nueva ley.
"El ser humano no es un animal racional, tan solo es capaz de razonar" Jonathan Swift
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jasimotosan
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por jasimotosan »

A ver si me lo aclaráis ¿Si yo por ejemplo leo un artículo en un periódico que me parece interesante no podré dejar el enlace a la página de ese propio periódico? Porque vamos hay no hay pirateo ninguno, simplemente menciono donde dicen algo.

¿Será conveniente ir contratando los servicios de un VPN o esperamos a ver si pasa como con la Sinde que fue el parto de los montes?

Ahora a los blogs sí que los pueden hundir... Luego hunden la libertad de expresión que es lo que pretenden... Pero pienso que solo en ese país cuyo nombre no va a poder mencionarse, pues afortunadamente quedan los blogs latinoamericanos...

Y se me ocurre otra pregunta ¿Y cambiar el servidor a otro país, no sería la solución para los blogs? Por ejemplo este mismo blog se podría alojarlo en un servidor de Uruguay o algo así ¿O no es posible?

Perdonad si mis preguntas son tontas pero es que no me aclaro.

De todas formas soy optimista, estos descerebrados no pueden con internet, mirad lo que pasó en Francia... Con la Sinde metieron mucho miedo y yo no he notado nada...

Ah, otra pregunta ¿Al los p2p les afecta esto o no?
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Vitriólico
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Re: La nueva LPI

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Dudo mucho que lo publicado en el foro hasta la entrada en vigor de la nueva ley tuviera algún problema por cuestiones de irretroactividad.
Sin embargo, a partir de este nuevo regalito, lo mejor sería ubicar el servidor (y quizá registrar la propia Asociación) en un país decente.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!

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(Proverbio árabe).

JohnyFK
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Re: La nueva LPI

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jasimotosan escribió: Ah, otra pregunta ¿Al los p2p les afecta esto o no?
Tengo entendido que han aumentado los medios para poder perseguir a los usuarios de estas redes de intercambio.

El caso es que van aprobando leyes y aprobando leyes. Como luego no las aplican se dice "no pasa nada, si al final no se hacen efectivas" y la gente no les da importancia, hasta que en un momento dado les de por hacerlas efectivas y se lleven por delante a todo el que se había relajado con el "no se aplican" y había seguido haciendo actividades castigadas por estas leyes durante un tiempo considerable, y entonces sí que les caerá un marrón encima de proporciones titánicas.
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jasimotosan
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por jasimotosan »

Apoyo totalmente la sugerencia de Vitriólico, aunque sea por quedarse uno más tranquilo, de los compatriotas no me fío un pelo.
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Vitriólico
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por Vitriólico »

La sugerencia de cambiar el servidor a un país decente es de Skeptic. Yo no sé como se hace. Soy un analfabeto informático.
Y me gusta :mrgreen: .
De lo que dudo mucho es de su eficacia a efectos de responsabilidad legal en España si no sacamos también del país a la Asociación. Pero también soy analfabeto en cuestiones legales.
(Vamos ... que soy analfabeto a secas).
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Kaworu
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Re: La nueva LPI

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Pero esta ley se tiene que aprobar y falta ver que salga como se ha propuesto, que lo dudo bastante.

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Pastranec
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Re: La nueva LPI

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AEDE se pega dos tiros en el pie: cómo no pagarle el canon y hacerle perder visitas, legalmente


24 feb 2014

Javier de la Cueva
Abogado, experto en propiedad intelectual, profesor en el Máster CCCD

Primer tiro en el pie: cómo no pagarle el canon

Como es ampliamente conocido, una de las sorpresas de la reforma de la Ley de propiedad intelectual es la creación de un canon que tendrían que pagar los agregadores de noticias en internet en favor de los medios de comunicación. Este canon, que en principio iba dirigido a grandes como Google, afectará a muchas otras webs y conlleva una serie de problemas de los que otros más autorizados que yo han hablado más extensamente. Para profundizar sobre el llamado canon AEDE les recomiendo leer (por orden alfabético): Julio Alonso, Enrique Dans, Antonio Delgado, la entrevista de Pablo Romero a Ricardo Galli y David Maeztu.

Para blindarse en los tribunales y no pagar este canon hay que cumplir a rajatabla una instrucción: no enlazar a los medios de comunicación que sean socios de CEDRO. La razón legal para no pagar se halla en el artículo 150 de la Ley de Propiedad Intelectual y así lo han reconocido los tribunales desde hace años con respecto a obras de propiedad intelectual.

Para explicarlo, nos remontaremos al año 2005 en que la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) demandó a la asociación cultural Ladinamo reclamándole 829,70 euros en concepto de comunicación pública de música emitida en su local. Según la SGAE, la música era de su repertorio pero, según Ladinamo, en su local sólo se emitía música Copyleft, sobre la cual la SGAE no tenía ningún derecho. El abogado de la SGAE mantenía que su representada tiene el monopolio legal sobre todas las obras musicales, así que no quedaba más remedio que pagarles. El Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid decretó que esto no era así y absolvió a Ladinamo en su sentencia de 2 de febrero de 2006, reflejando el término “Copyleft” en una sentencia por primera vez en el mundo. La SGAE no recurrió la sentencia en apelación.

La defensa de Ladinamo la ejercitamos utilizando el artículo 150 de la Ley de Propiedad Intelectual, por el que «El demandado sólo podrá fundar su oposición en la falta de representación de la actora, la autorización del titular del derecho exclusivo o el pago de la remuneración correspondiente». Traduciéndolo al caso del canon de AEDE, significaría que cuando una entidad como CEDRO (la entidad encargada de la recaudación de este canon) demande reclamando dinero a los agregadores de noticias entonces el agregador sólo podrá alegar tres argumentos para negarse a pagarle: (1) Que CEDRO no representa a los medios agregados, esto es, que las empresas titulares de los medios agregados no son socias de CEDRO, (2) Que los medios agregados han autorizado expresamente su agregación a la web que los agrega y (3) haber pagado ya.

Sin embargo, en el presente caso hay un matiz. A diferencia del derecho a emitir música en un local, este tipo de derechos como el del canon sobre los agregadores de noticias se construye legalmente de una manera muy endiablada: la ley los define como «irrenunciables» y concede su gestión en exclusiva a una asociación privada, un tercero ajeno al titular del derecho al que se le dan las potestades de señalar la tarifa, cobrar los importes y repartir lo recaudado.

Lo tramposo de la construcción legal lo comprenderemos mejor con un ejemplo: si estuviésemos tratando de propiedad inmobiliaria en lugar de propiedad intelectual, sería como si la ley configurara un derecho por el que a todo propietario de vivienda se le «concediera» el derecho irrenunciable de alquilarla, poniendo a una asociación privada a gestionar ese derecho, asociación que, además, dictaría unilateralmente el precio del alquiler, lo cobraría, y que pagaría el importe de las rentas solamente a quienes fueran sus socios.

En virtud de este carácter de «irrenunciabilidad» del derecho, las entidades de gestión han alegado que no hay excepciones y que el artículo 150 no es aplicable a este tipo de derechos. Sin embargo, mantener esta tesis conlleva un problema, lo que en Derecho llamamos el «enriquecimiento injusto», que es cuando alguien cobra algo sin causa. Admitir la tesis de las entidades de gestión supone que tales entidades van a cobrar y a apropiarse de un dinero en contra de sus verdaderos titulares, ya que no pagan a quienes no son socios. Y cuando los tribunales han tenido ocasión de analizar supuestos en los que estaba claro que el autor no estaba representado por la entidad correspondiente, han dictaminado que no hay obligación de pagar. Así fue en los casos del Bar Radar y del Gimnasio Curvas, de Alicante.

En el caso del Bar Radar discutimos uno de esos «derechos irrenunciables». En este establecimiento se juntaba un grupo de amigos que antes de la era de internet intercambiaban entre sí y mediante cassettes lo que ellos llaman música y otros denominan «paisajes sonoros». En esencia, se trataba de sonido de vanguardia donde coincidían música electrónica con, entre otros, rugidos de león, chirridos de puertas y sonidos de electrodomésticos. Un buen día, Jesús Sevillano, uno de los integrantes del grupo, decidió montar un establecimiento donde pudieran escuchar las obras que creaban y nació el Bar Radar, que fue uno de los templos de la música electrónica de Madrid, admirado internacionalmente. Años más tarde se encontraron con una demanda de AGEDI-AIE, las entidades de gestión de los productores fonográficos y de los artistas, intérpretes y ejecutantes, quienes actuaban conjuntamente. AGEDI-AIE reclamaba un dinero que se cuantificaría en función de la superficie del local.

El Bar Radar ganó su pleito en la sentencia de 18 de marzo de 2010 del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, sentencia que no fue apelada por AGEDI-AIE. Lo que vivimos en la sala el día del juicio convenció al Juez para negarle a AGEDI-AIE el derecho a cobrar a Jesús Sevillano por mucho que se tratase de un «derecho irrenunciable». En un banco de la sala del juicio se encontraba sentado Jesús Sevillano. Los creadores de las obras (quienes también eran sus productores y sus intérpretes) asistieron al juicio como testigos y a medida que iban terminando su declaración se sentaban en el banco inmediatamente detrás de Sevillano. Todos declararon que no eran socios de AGEDI ni de AIE y que las obras que allí se emitían las habían creado, producido e interpretado ellos.

En el informe oral final se hizo evidente la trampa: AGEDI-AIE pretendía que Sevillano les pagase por usar unas obras que los amigos de éste (que eran los creadores, intérpretes y productores de las obras) emitían en el local. Dinero que, una vez cobrado por AGEDI-AIE, nunca iría a parar a los creadores puesto que no eran socios de dichas entidades. La sentencia expresó que permitir eso supondría un «enriquecimiento injusto» en favor de AGEDI-AIE. La calificación sería más fuerte en el lenguaje de la calle puesto que era inconcebible que quien estaba sentado en el banco de delante, Sevillano, pagase a los reclamantes un dineral para que éstos se lo quedasen y no se lo pagaran a los colegas de Sevillano, que estaban sentados en el banco de atrás.

En el caso del gimnasio Curvas, defendido por la letrada Marta Plaza, nuevamente las demandantes AGEDI-AIE quisieron cobrar por un «derecho irrenunciable», esta vez por música bajo licencia Creative Commons. El problema que ocurrió es que estas entidades en la audiencia previa propusieron para el juicio testigos masculinos cuando se trata de un gimnasio exclusivamente femenino. Llegado el juicio, no se practicó prueba alguna y el gimnasio fue absuelto de la reclamación. AGEDI-AIE apeló la sentencia y la Audiencia Provincial de Alicante rechazó la misma en sentencia de 8 de mayo de 2009.

Volvamos al canon de AEDE. Hasta aquí hemos visto que si no se usan obras de los socios de una entidad no hay obligación de pago aun cuando se trate de un «derecho irrenunciable». Pero, ¿qué ocurriría si, por mucho cuidado que se tuviera, entre los muchos enlaces de un agregador alguno hiciera referencia a un medio de AEDE?

Pues para completar el cuadro que íbamos construyendo en favor de la música libre, nos faltaba demostrar qué ocurriría cuando, en lugar de no usar ninguna obra del repertorio de la SGAE, se usara sólo parcialmente el mismo. La lógica nos inducía a pensar que debería pagarse por prorrata en el uso de las obras y así nos lo admitió el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid quien en su sentencia de 28 de diciembre de 2008 reconoció que el establecimiento Espiral Pop emitía en su local obras de 81 autores, de los que sólo 14 eran socios de la SGAE, por lo que dictaminó que Espiral Pop sólo tenía que pagar 14/81 partes de lo reclamado por la entidad de gestión. Tampoco la SGAE apeló esta sentencia.

Segundo tiro en el pie: no enlazar para no pagar el canon

En todos los procedimientos judiciales mencionados antes hubo una misma dificultad, que deberá ser salvada en los litigios que CEDRO interponga contra las webs. La especial naturaleza legal de la entidad de gestión hace presumir que tal entidad representa a todos los autores, sin excepción. Esta presunción de representación universal tiene como consecuencia que la carga de la prueba es de la persona demandada. Ello significa que en un litigio es la parte demandada la que tiene que demostrar que no ha usado el repertorio de la entidad. La razón por la que se opera así se debe a que, en teoría, al demandado le es más fácil demostrar qué concretas obras utiliza y señalar su origen.

Esta circunstancia implica una especial atención a la parte del juicio que consiste no en los argumentos legales sino en la preparación y práctica de la prueba. Por mucha razón que se tenga, si no se logran articular bien las pruebas que soportan los argumentos, es difícil quebrar la presunción de representación universal de las entidades de gestión.

Pero en el caso del canon sobre los agregadores de noticias se produce una circunstancia especial: la prueba está al alcance de todos los ojos puesto que es pública y notoria. Bastará cualquier bot que compare las noticias agregadas con la fuente enlazada para poder conocer, con matemática exactitud, qué porcentaje de obras enlazadas pertenecen a socios de AEDE. Con un informe pericial en que un perito aplique el bot a la web más, por ejemplo y en su caso, un acta notarial de una página del agregador donde se evidencie que no se enlazará a web alguna de los socios de AEDE bien por acuerdo entre la comunidad de sus usuarios, bien por aplicación de filtros tecnológicos, debería empujar al juzgador a convencerse de que no se enlaza a ninguna web de los medios de comunicación socios de CEDRO. Lo más conveniente en estos casos es dotarse de la mayor y mejor prueba, para no dejar ninguna duda. Articular la prueba no tiene especial dificultad ni tampoco causará la extrañeza inicial que tuvimos que vencer en los casos de la música libre.

Nuestro legislador ha demostrado ya en bastantes ocasiones que cuando se trata de legislar sobre internet es un ignorante y en esta oportunidad lo ha vuelto a probar. Para evitar tener que pagar a CEDRO lo que se deberá precisamente hacer es no enlazar a las entidades que sean sus socias esto es, no incurrir en el hecho susceptible de pago. Y cuanto más públicamente se haga, más difícil será que tenga éxito un litigio contra el agregador de noticias. Coincidirán los motivos activistas, los motivos económicos y la pérdida de influencia en la opinión pública de los medios de AEDE: para no pagar el canon, los agregadores no deberán enlazar las webs de los socios de AEDE, que dejarán de recibir tráfico no ya sólo por el boicot de los usuarios de internet sino por motivos estrictamente económicos, teniendo como consecuencia un menor peso en la construcción de la opinión pública.

La mejor prueba contra CEDRO será que la web agregadora de noticias incluya una sección en la que, automatizadamente, se pueda comprobar el número de enlaces por cada nombre de dominio de un medio de comunicación. De esta manera cualquier socio de CEDRO podrá verificar la inexistencia de tales enlaces y su falta de derecho a cobrar cantidad alguna, minimizándose el riesgo de litigio. No existe ninguna dificultad técnica para programar esta sección y webs como meneame.net, una de las webs que sería afectada por la reforma, ya incluye una sección de dominios más visitados.

Si el gobierno quería ayudar a sus amigos los editores de los periódicos, nada peor que esta ley ya que los medios ni cobrarán el canon, ni recibirán visitas y perderán peso en la construcción de la opinión pública. En román paladino, este proyecto de ley es un pan como unas tortas. Alguien podría decir que es comprensible que el ejecutivo del Sr. Rajoy no sepa de internet y de ahí la poca calidad de las normas sobre su regulación. Sin embargo (y sin perjuicio de su obligación de rodearse de mejores asesores) esto tampoco es justificable ya que es ampliamente conocido que los museos utilizan el menor número posible de imágenes en las banderolas de promoción de sus exposiciones, limitándose cada vez más sólo a incluir tipografía, para así no pagar tarifas en favor de VEGAP, la entidad de artistas gráficos. El mismo fenómeno va a ocurrir en internet: a los medios escritos les quedará su poder de manipulación en el caso de la prensa en papel pero su poder disminuirá en las redes como han disminuido las imágenes en las banderolas de los museos.

Concluyo preguntándome si quizás no necesitemos nada mejor que un legislador ignorante para deshacer la perversa tríada en la que vivimos, descrita por Luigi Ferrajoli como un mundo de «dinero para hacer política e información, información para hacer dinero y política, política para hacer dinero e información» y si, lejos de críticas, al final el hecho de que los medios no obtengan el dinero de este canon ni logren colocar su información sea una gran noticia para internet.

En http://blogs.publico.es/el-cuarto-poder ... egalmente/" onclick="window.open(this.href);return false;
Interroga mundum. Nulla vita sine scientia, nulla vita sine studium.
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skeptic
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por skeptic »

Vitriólico escribió:Dudo mucho que lo publicado en el foro hasta la entrada en vigor de la nueva ley tuviera algún problema por cuestiones de irretroactividad.
Sin embargo, a partir de este nuevo regalito, lo mejor sería ubicar el servidor (y quizá registrar la propia Asociación) en un país decente.
El servidor está en Holanda, por ese lado bien. Mover la asociación no se si sería tan fácil, pero hay varias soluciones que ya estamos estudiando, por si acaso.
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Shé
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por Shé »

Podríamos discutirlas aquí, esas posibilidades?

Lo cierto es que, llegado este momento, yo estoy a favor de desaparecer como Asociación en España.

La razón que, en 2008, llevó a los representantes de la entonces llamada Unión de Cyberateos - ForoAteo, que luego pasó a ser Iniciativa Atea, a constituirse en Asociación legal en España era tener una cobertura legal y dotarnos de la seriedad que conlleva el estar inscritos en el Ministerio del Interior.

Pero dada la degradación democrática imperante y que los caciques de este país trascienden la voracidad del neoliberalismo pareciendo querer llevarnos a todos a misa en fila bien limpitos todos -y con mantilla las niñas- para revisión períodica y solaz espiritual de Jorge Fernández Díaz, no veo ninguna razón para seguir teniendo una presencia legal aquí.

Y más cuando ese mismo Fernandez Díaz, híbrido de Inquisidor y Ministro de la Gobernación franquista, es la máxima autoridad de la Institución en la que hoy se tutela la existencia legal de IA. :think:

Esta España de ellos, que no nuestra, no nos merece. A la otra España, a nosotros, los nuevos tiempos nos han traído el refugio del mundo virtual de Internet. Esperemos que no acaben también con eso y tengamos que volver a las octavillas, que yo, hoy, ya no descarto nada. :mrgreen:
Por un mundo más libre y con menos hipocresía, asóciate: https://iatea.org/asociarse.php

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Vitriólico
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por Vitriólico »

Mi opinión es que la sede de Iniciativa Atea es Internet y el idioma español, no España ni cualquier otro estado.

Y mi consulta al abogado tendría como objeto saber cómo se puede concretar eso teniendo el mínimo contacto con lugar alguno.
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jasimotosan
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por jasimotosan »

Magnífico artículo de Pastranec y totalmente de acuerdo con lo dicho por Shé y Vitriólico. Una asociación como la nuestra no es de España o de ningún otro país es del mundo, si alguna limitación hay será la del idioma.

Efectivamente esta España no es la nuestra y tener al lobo custodiando los derechos de las ovejas no da ninguna tranquilidad.
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por skeptic »

Lo que pasa es que tu puedes ser ciudadano del mundo y venir el de la LPI a decirte que tu estás en España y que te van a crujir por poner enlaces.

Por eso, debería quedar bien claro a donde pertenecemos, como una división de la AAI, o como una asociación en un país civilizado, pero tenemos que tener una sede legal fuera de España para quedar fuera de las garras de las leyes españolas. De hecho, esta asociación tiene miembros de diversos países, así que no veo el problema para movernos a otro.

Por ejemplo, las asociaciones en el Reino Unido no necesitan de registro, simplemente dices que eres una asociación y listo.

Habrá que consultar a un abogado de todas formas.
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jasimotosan
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por jasimotosan »

Vuelvo a manifestar mi acuerdo con sacar la asociación y llevarla a un país civilizado, dictamen jurídico mediante, dada la degradación democrática imperante como bien señala Shé. Es más, me quedaré bastante más tranquilo.

Pero ahora quisiera que me dijerais cómo puedo saber qué medios de comunicación y páginas en general están afiliados o son socios de CEDRO o AEDE para, por mi parte, empezar a dejar de visitarlos. ¿Hay algún listado o algo semejante?
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Re: La nueva LPI

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Hurden75
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por Hurden75 »

Es curioso como desviar la atención de un sector de la sociedad de otros temas, generar polémica en un sector como los usuarios habituales de internet, distraer y repartir su atención sobre usuarios con una gran capacidad de repercusión mediática es una buena herramienta del gobierno.

Hace unos años la mejor arma del gobierno para estos fines era el futbol, terrorismo, grandes eventos como la formula 1 o la llegada del papa…. y aunque estas herramientas aun siguen siendo poderosas está aprendiendo, se ha dado cuenta que nuestro poder de convocatoria, criticas, alternativas y la fluidez de información en tiempo real entre otras es un peligro para su modelo de gobierno, así que, con la costumbre de arremeter contra todo lo que les amenaza a su actual estado de derecho mal comprendido, y como cualquier hombre que por inercia intenta destruir todo aquello que le da miedo toman medidas de las cuales siquiera comprenden cuales pueden ser sus consecuencias.

Realmente nadie, ni el que está preparando la ley tiene claro cual será su resultado final, en España la ley se apoya en varias ocasiones en veredictos en los que se considera éticamente y permitido por la sociedad, aunque parezca extraño, sentencias contra los mal llamados piratas conocemos todos, que siempre que no ha habido ánimo de lucro en compartir enlaces o similares al sido absueltos, independientemente de lo que almacenaran o tuvieran en casa, ya que los jueces entienden que esta socialmente admitido el uso de internet para descargar productos con derecho de autor, y así se han librado de multas e incluso cárcel.

Pero con estas medidas consiguen su primer objetivo, mientras discutimos con una ley que es tan retorcida que ni los mismos abogados y jueces se ponen de acuerdo, distraen nuestra atención, con la amenaza permanente de conseguir en la red un “gran hermano” que nos atenace y silencie, al igual que en las manifestaciones de la calle que con la nueva mal llamada ley “de seguridad ciudadana”, en la que prácticamente volvemos a un estado Franquista , en el cual se reprime cualquier derecho a réplica, manifestación, concentración y cualquier otra cosa que no sea de su conveniencia.

Realmente habrá que esperar a que se planteen casos reales y ver como se posicionan las primeras sentencias que serán las que crearan jurisprudencia, y en base a ellas actuar como el gran colectivo que somos, y que no paramos de crecer.

Somos muchos más de los que creemos, y tenemos mucha más fuerza de la que llegamos a imaginar. Saludos Hurden

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jasimotosan
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por jasimotosan »

Bueno, parece que el Huffington Post se salva, ahora es el que más leo.

Gracias por la lista.
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jasimotosan
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Re: La nueva LPI

Mensaje sin leer por jasimotosan »

Hurden75:

Tienes bastante razón en parte.

Porque es cierto que van modificando las leyes y luego a lo mejor no las aplican al pie de la letra, pero la ley queda para cuando les interese.

O sea, van cambiando derechos por privilegios siendo que los privilegios dependen de la buena voluntad del "superior" pero los derechos no. De momento puede que no afecte en la práctica, mientras el Estado siga concediendo graciosamente el privilegio, lo que no quita que mañana decida suprimirlo.

No sé quién me dijo en cierta ocasión que en este sistema se va subrepticiamente sustituyendo los derechos de los ciudadanos por privilegios temporales y creo que tiene razón.

Dicho en basto, nos la están metiendo, con anestesia, pero nos la están metiendo.
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